El tiempo de residencia es una parte del análisis. También deben revisarse la continuidad, la documentación y las demás condiciones aplicables antes de preparar una solicitud.
A personas que han residido legalmente en España y quieren conocer si pueden solicitar la nacionalidad por residencia, así como a quienes necesitan revisar una solicitud o documentación previa.
Revisión del historial de residencia y ausencias, documentación, antecedentes y pruebas o dispensas cuando procedan. Preparación, presentación y seguimiento solo si se incluyen expresamente en el encargo.
Reconstruir el historial relevante.
Comprobar las condiciones y detectar incidencias.
Definir documentación y actuaciones pendientes.
Preparar y presentar, si se contrata y procede.
Revisar comunicaciones y explicar la fase posterior.
Nacionalidad de origen y nacionalidades actuales.
Tipos de autorización, fechas de vigencia y ausencias de España.
Situación familiar y solicitudes anteriores.
Existencia de requerimientos o resoluciones, sin remitir datos sensibles por el formulario inicial.
Una valoración de elegibilidad, cuestiones pendientes y relación de documentos. La jura o promesa, inscripción y documentación de identidad son actuaciones posteriores cuyo alcance debe acordarse.
El artículo 22 del Código Civil prevé plazos distintos según el supuesto. Para nacionales de origen de países iberoamericanos contempla dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición; es un plazo previo a solicitar, no una promesa de concesión. Tener ascendencia española no basta por sí solo para acogerse a una vía.
Solicita un presupuesto con alcance, responsable, honorarios y gastos externos por separado. Las decisiones corresponden a los organismos competentes.
Revisar mi posible solicitud de nacionalidad
Fuentes revisadas el 9 de octubre de 2026 · Jurisdicción española