SERVICIOS > RESIDENCIA > VISADO INVERSIONISTA
Panamá puede ser una jurisdicción relevante para determinados perfiles de inversión, siempre que la operación sea revisada desde una perspectiva legal, migratoria, fiscal y documental. Los extranjeros pueden acceder a determinadas modalidades de residencia vinculadas a inversión, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa aplicable.
Una inversión vinculada a residencia debe analizarse caso por caso, considerando el origen de los fondos, el tipo de inversión, la documentación disponible, los requisitos migratorios y la revisión de las autoridades competentes.
El Permiso de Residencia como inversionista puede ser evaluado para personas extranjeras que realicen inversiones admitidas por la normativa migratoria panameña, como bienes inmuebles, depósitos a plazo fijo u otras modalidades aplicables. La solicitud estará sujeta a documentación verificable, revisión administrativa y aprobación de la autoridad migratoria.
Esta modalidad puede ser evaluada para personas extranjeras que acrediten una inversión mediante depósito a plazo fijo por el monto exigido por la normativa aplicable, siempre que puedan justificar el origen de los fondos y aportar la documentación requerida.
Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la Residencia Permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.
Esta modalidad puede ser evaluada para personas extranjeras que realicen una inversión inmobiliaria por el monto exigido por la normativa aplicable, siempre que la operación esté debidamente documentada, los fondos estén justificados y la propiedad cumpla los requisitos registrales y migratorios correspondientes.
Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la Residencia Permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.
La inversión mixta puede ser evaluada cuando la persona extranjera combina bienes inmuebles, depósito a plazo fijo u otras modalidades admitidas por la normativa aplicable, siempre que se cumplan los montos exigidos, el origen de fondos esté documentado y la solicitud sea revisada por la autoridad migratoria.
Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la Residencia Permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.
Los ciudadanos de países incluidos en la categoría de Países Amigos pueden tener acceso a modalidades específicas vinculadas a inversión, siempre que cumplan los requisitos económicos, documentales y migratorios aplicables.
En este sentido la ley establece lo siguiente: “ El Servicio Nacional de Migración podrá conceder un Permiso de Residencia Provisional por un período de dos (2) años a aquellas personas que soliciten la subcategoría de Residente Permanente, en calidad de extranjeros nacionales de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión en la República de Panamá”. La ley contempla las siguientes razones relacionados con la inversión:
Por razones de inversión en un bien inmueble. En este caso el nacional o ciudadano de un País Amigo puede solicitar el Permiso de Residencia Provisional siempre y cuando cuente con un Certificado de Registro Público de Panamá que dé fe de que tiene, en propiedad, un bien inmueble (es decir que el mismo se encuentra a título personal del solicitante del visado), con un valor mínimo de B/.200,000.00 o la misma suma en dólares americanos (USD), operación que puede ser financiada por banco local. Los montos y condiciones aplicables pueden variar según la nacionalidad del solicitante, la modalidad elegida, el tipo de inversión y la normativa migratoria vigente en el momento de presentar la solicitud.
Por razones de Depósito a Plazo Fijo. En determinados casos, la modalidad de depósito a plazo fijo puede requerir certificación emitida por un banco de licencia general en Panamá, indicando titularidad, valor, plazo, vigencia y ausencia de gravámenes, conforme a los requisitos exigidos por la normativa aplicable. . Es relevante mencionar que esta inversión en Panamá puede realizarse a título personal por el solicitante, por una persona jurídica en la que el solicitante sea la persona natural beneficiaria final de las acciones, aportaciones o cuotas sociales de la sociedad; o el fundador o beneficiario final de una Fundación de Interés Privado.
El precio por la solicitud del Permiso de Residencia en calidad de inversionista se compone de los gastos: (notariales, registrales, timbres, transaccionales, transporte, certificados, constancia parentesco, registro SNM, etc. incluyendo carné de trámite, carné de residencia y visado múltiple) y los honorarios legales.
En el caso de la Visa de inversión hay diferentes tipos:
Inversionista en Bienes Inmuebles
El coste total asciende a US$ 1.733,00. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante sin dependiente es de US$ 383,00. Desglose a continuación:
Gastos Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 323,00 (trescientos veintitrés dólares americanos).
Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.350,00 (mil trescientos cincuenta dólares americanos).
El coste total no incluye el abono de:
Cheque a pagar al Tesoro Nacional directamente por solicitante y dependiente: US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos).
Cheque a pagar al Servicio Nacional de Migración por solicitante y dependiente: US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos).
Inversionista de Macro Empresa
El coste total asciende a US$ 1.733,00. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante sin dependiente es de US$ 383,00. Desglose a continuación:
Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 323,00 (trescientos veintitrés dólares americanos).
Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.350,00 (mil trescientos cincuenta dólares americanos).
El coste total no incluye el abono de:
Cheque a pagar al Tesoro Nacional directamente por solicitante y dependiente: US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos).
Cheque a pagar al Servicio Nacional de Migración por solicitante y dependiente: US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos).
Inversión mixta
El coste total asciende a US$ 1.733,00. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante sin dependiente es de US$ 383,00. Desglose a continuación:
Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 323,00 (trescientos veintitrés dólares americanos).
Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.350,00 (mil trescientos cincuenta dólares americanos).
El coste total no incluye el abono de:
Cheque a pagar al Tesoro Nacional directamente por solicitante y dependiente: US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos).
Cheque a pagar al Servicio Nacional de Migración por solicitante y dependiente: US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos).
Inversión por apertura de Depósito a Plazo Fijo
El coste total asciende a US$ 1.703,00. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante sin dependiente es de US$ 353,00. Desglose a continuación:
Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 293,00 (doscientos noventa y tres dólares americanos).
Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.350,00 (mil trescientos cincuenta dólares americanos).
El coste total no incluye el abono de:
Cheque a pagar al Tesoro Nacional directamente por solicitante y dependiente: US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos).
Cheque a pagar al Servicio Nacional de Migración por solicitante y dependiente: US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos).
Los requisitos para solicitar la Visa para inversionistas en Panamá son los siguientes:
Poder y solicitud (notariado y con sus respectivos timbres fiscales)
Cuatro (4) fotografías tamaño carné del solicitante
Copia debidamente cotejada del pasaporte del solicitante.
Certificado de Antecedentes Penales apostillado del solicitante.
Certificado de Salud por médico idóneo en la República de Panamá.
Cheque Certificado por US$ 250,00 a favor del Tesoro Nacional; (el cliente puede proporcionarlo o nosotros lo gestionamos – costo de certificación por cheque US$ 10,70) – Este cheque debe ser proporcionado por el titular.
Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración. (el cliente puede proporcionarlo o nosotros lo gestionamos – costo de certificación por cheque US$ 10,70) – Este cheque debe ser proporcionado por el titular.
Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales. Debe ser completado y firmado por el solicitante.
Documentos a aportar dependiendo del tipo de inversión:
Para el caso de Inversión en Bienes Inmuebles debe aportar:
Certificación del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de B/. 300,000.00, la certificación debe indicar que la finca está libre de gravámenes.
Para el caso de Apertura de Depósito a Plazo Fijo debe aportar:
Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, por el monto de B/.300,000.00 o su equivalente en moneda extranjera y con una duración mínima de tres (3) años, en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional. Este plazo fijo debe estar libre de gravamen.
Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.
Dos (2) Cartas de responsabilidad.
En caso de dependientes:
Carta de responsabilidad.
Constancia de parentesco.
Prueba de domicilio.
Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.
Para solicitar el Visado de inversionista en Panamá debe presentarse la solicitud mediante un abogado ante el Servicio Nacional de Migración de Panamá (SNM). Con el poder de solicitud el abogado deberá adjuntar toda la documentación que solicita la normativa incluidos los cheques al Tesoro Nacional y al SNM.
En cuanto a las cantidades a invertir para obtener la residencia en Panamá mediante una inversión depende de varios factores. Entre ellos podemos mencionar los siguientes:
Si el extranjero es nacional de un País Amigo la norma establece que el solicitante puede solicitar la Residencia Provisional por las siguientes razones:
Por razones de inversión en un bien inmueble. El interesado debe presentar Certificación del Registro Público de Panamá para probar que posee en propiedad o bien inmueble a su nombre o a nombre de una empresa de la cual es el beneficiario final, siempre que dicho bien inmueble tenga un valor mínimo de US$ 200.000,00.
Por razones de depósito a plazo fijo. El interesado debe presentar Certificación de un banco de licencia general que opere en el territorio nacional donde conste la existencia del depósito a plazo del cual sea titular, con la vigencia mínima de tres años por un valor no inferior de US$ 200.000,00.
Si el extranjero constituye una macro empresa, a normativa establece lo siguiente:
“Extranjero que deseen invertir en una empresa, cuyo capital social mínimo es de B/. 160,000.00 por solicitante, siendo éstos accionistas y dignatarios de la misma empresa. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/. 2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local”
Si el extranjero, que no posee ninguna nacionalidad dentro de las conocidas como Naciones Amigas, puede hacer una inversión de US$ 300.000,00 . La norma establece:
“Extranjero que invierta la suma mínima de B/. 300,000.00 en bienes inmuebles y demuestre que los fondos provienen del extranjero. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente.
Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/. 2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local”.
Para invertir en Panamá es recomendable realizar una revisión legal, registral, fiscal y documental previa. En operaciones inmobiliarias, además del pasaporte vigente, pueden ser necesarios documentos de origen de fondos, revisión del título de propiedad, verificación registral, análisis contractual y cumplimiento de requisitos bancarios o migratorios según el caso.
Para invertir en Panamá siendo extranjero, es recomendable contar con acompañamiento profesional para revisar la operación, la documentación, el contrato, el registro de la propiedad y los posibles efectos legales, fiscales, bancarios o migratorios.
Panama Legal Lab acompaña la revisión documental y legal de operaciones vinculadas a inversión, sin actuar como entidad financiera ni garantizar aprobación migratoria, bancaria o resultados específicos.
Además al ser un proceso que conlleva una serie de procedimientos legales, te facilitamos los servicios de acompañamiento para revisión de contratos de compraventa y el correspondiente registro de propiedad en el Registro Público Nacional.