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El Permiso de Residencia para Profesionales Extranjeros puede ser evaluado para personas con formación universitaria o profesional, siempre que la profesión no esté reservada exclusivamente a nacionales panameños y se cumplan los requisitos migratorios, académicos y documentales aplicables.
Antes de iniciar el trámite, es recomendable revisar la titulación académica, la profesión ejercida, la documentación disponible, la posible homologación o revalidación del título y los requisitos exigidos por las autoridades competentes.
Este permiso puede ser evaluado cuando la profesión del solicitante no se encuentra limitada por la Constitución o por la normativa panameña a nacionales panameños, y siempre que el expediente cumpla los requisitos legales y documentales correspondientes.
El precio por la solicitud del Permiso de Residencia bajo la Calidad de Profesional se compone de los gastos: (incluidos gastos notariales, certificaciones, carné de trámite y residencia, visa múltiple, gastos movilización y transaccionales, certificado de salud, certificación del diploma) y los honorarios legales.
El coste total asciende a US$ 2.175,00. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante son US$ 575,00. Desglose a continuación:
Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 366,00 (trescientos sesenta y seis dólares americanos).
Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
Gastos Mitradel: US$ 149,00 (ciento cuarenta y nueve dólares americanos) Mitradel.
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.600,00. Desglose a continuación:
Permiso de Residencia: US$ 1.200,00 (mil doscientos dólares americanos) solicitante sin dependiente.
Permiso de Trabajo: US$ 400,00 (cuatrocientos dólares americanos) solicitante sin dependiente.
El coste total no incluye el abono de:
Cheque Certificado por US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos) a favor del Servicio Nacional de Migración.
Cheque certificado por US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos) a favor del Tesoro Nacional.
Los requisitos para solicitar la Visa para Profesionales son los siguientes:
Poder y Solicitud firmada por el extranjero (notariado).
Tres (3) fotografías tamaño carné.
Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
Certificado de Antecedentes Penales de su país de origen o última residencia debidamente apostillada.
Certificado de Salud por médico idóneo panameño.
Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
Copia del diploma o título universitario, licenciatura, maestría o doctorado debidamente apostillado o autenticado ante las autoridades de su país.
Cumplir con el Proceso de homologación o revalida ante las autoridades nacionales correspondientes en este caso la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica.
Los extranjeros pueden ejercer en Panamá aquellas profesiones que no estén reservadas a nacionales panameños por la normativa aplicable. Antes de iniciar el trámite, conviene verificar si la profesión del solicitante está restringida, si requiere homologación, idoneidad profesional o autorización específica.
Para trabajar legalmente en Panamá, una persona extranjera debe revisar su estatus migratorio y la posibilidad de solicitar el permiso de trabajo correspondiente. Los requisitos pueden variar según la categoría de residencia, el tipo de contratación y la normativa laboral aplicable.
En muchos casos, el trámite migratorio y el permiso de trabajo deben coordinarse de forma paralela o sucesiva ante las autoridades competentes, según la categoría aplicable y la situación concreta del solicitante. Algunas categorías específicas, como las vinculadas a Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), pueden tener reglas particulares que deben revisarse según la normativa aplicable y el caso concreto.
Para solicitar una visa o permiso de trabajo en Panamá, normalmente es necesario contar con una categoría migratoria aplicable o con un trámite migratorio en curso ante el Servicio Nacional de Migración. En algunos casos, ambos procesos pueden coordinarse de forma paralela.
El Permiso de Trabajo estará sujeto a los requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Estos requisitos pueden variar según la categoría migratoria, el tipo de residencia, la profesión, el empleador y la normativa laboral vigente.
Residentes permanentes.
Residentes temporales.
Por razones humanitarias (Crisol de razas).
Extranjeros profesionales.
Reagrupación familiar.
Cónyuge de nacionalidad panameña.
Dentro del 10% del personal ordinario.
Experto o técnico dentro del 15%.
Tratado Panamá Italia.
Acuerdo de Marrakech.
NOTA: Los requisitos para solicitar un permiso de trabajo pueden variar según el tipo de permiso de residencia, la categoría migratoria y la normativa laboral vigente.
Para contratar personal extranjero en Panamá es necesario evaluar previamente el estatus migratorio y laboral del profesional, así como la categoría de residencia, el permiso de trabajo aplicable y la documentación que deberá aportar la empresa empleadora.
Cuando se desea trasladar a un profesional extranjero para trabajar en Panamá o para una empresa panameña, debe analizarse bajo qué categoría migratoria y laboral puede encajar el caso.
Existen distintas vías para que una empresa panameña pueda contratar personal extranjero, dependiendo de la nacionalidad, perfil profesional, categoría migratoria, situación laboral y requisitos exigidos por las autoridades competentes.
Si el trabajador no cuenta aún con permiso de residencia en Panamá, la empresa deberá evaluar qué categoría migratoria puede resultar aplicable según el perfil del trabajador, la actividad de la empresa y la documentación disponible.
También debe revisarse si el caso puede encajar dentro de categorías laborales específicas, como el porcentaje de personal extranjero permitido, acuerdos aplicables o permisos especiales, siempre sujeto a la documentación exigida por las autoridades migratorias y laborales.