La principal diferencia entre ambas figuras radica en que mientras las sociedades anónimas (S.A.) son constituidas para ejercer actividades comerciales de manera habitual y directa, las fundaciones de interés privado (FIP) no pueden ejercer actividades comerciales de manera habitual ni directa, sino a través de sociedades. Las FIP deben ser constituidas con el fin de protección patrimonial, holdings, tenedoras de cualquier clase de activos y demás.
Las S.A. están constituidas por un capital social dividido en acciones, mientras que en las FIP existe capital social pero el mismo no está compuesto por acciones sino por aportes del fundador.
Las S.A. deben estar compuestas por una Junta Directiva que deben ser tres (3) personas naturales de cualquier nacionalidad (Presidente, Secretario, Tesorero). Las FIP deben estar compuestas por un Consejo Fundacional que puede estar conformado por una (1) persona jurídica o tres (3) personas naturales de cualquier nacionalidad (Presidente, Secretario y Tesorero).
Las S.A. están compuestas por una Junta de Accionistas, los accionistas son considerados los dueños de la sociedad y responderán de acuerdo al porcentaje de sus acciones. Los accionistas no están registrados en ningún documento público.
En las FIP no existen accionistas; existe la figura de los beneficiarios que no son considerados los dueños de la fundación, sin embargo legalmente tienen derecho a recibir los frutos de la FIP de acuerdo a lo establecido en el reglamento fundacional y al acta.
En las FIP existe la figura de un protector que fiscaliza los actos del consejo fundacional, en las S.A. no existe dicha figura.
En las FIP se expide un documento denominado reglamento fundacional que es un documento privado en donde se estipulan los beneficiarios principales y secundarios y qué pasaría en caso de fallecimiento del beneficiario principal. En las S.A. solo existen los certificados de acciones ya sean nominativos o al portador. En el caso de las acciones al portador el dueño es el tenedor de las acciones, en caso de las acciones nominativas, para ser traspasadas tienen que ser endosadas. En este caso si el accionista no endosa el certificado y fallece se deberá de ir a un juicio de sucesión testada o intestada. Esto se evita con la figura de la FIP. Es por esto que es aconsejable que cuando el cliente opere a través de una S.A. también constituya una FIP que sirva como Holding de las acciones de la S.A.
¿Debo escoger el servicio de Directores Nominales al crear una S.A.?
Muchos clientes optan por este servicio, cuando establecen una sociedad offshore en Panamá. Si bien esto no es obligatorio, a menudo es útil. Existen varios factores a considerar:
La protección de su privacidad – Ventajas del nombramiento de Directores Nominales
El cliente a menudo opta por escoger este servicio porque no desea aparecer públicamente dentro del Pacto Social. Digamos que usted es el accionista de la sociedad y desea el control sobre la misma, sin aparecer públicamente; Cuando se nombra Directores Nominales, esas personas van a aparecer como administradores de su empresa en los artículos de la escritura pública de constitución. Usted obtiene protección sin ceder el control, porque dichos directores emitirán un certificado de acción a su favor. También los Directores Nominales emitirán un Poder General en su favor para que pueda tener un control completo sobre la sociedad.
Directores Nominales tienen un poder limitado
Un cliente obviamente se preocupa de que los Directores Nominales podrían ganar poder influyente dentro de la empresa offshore. Los Directores Nominales, sin embargo, son sólo para la incorporación de la empresa. El verdadero dueño de la empresa (accionista) será el que mantenga los derechos a las cuentas bancarias de la empresa y las acciones. Los Directores Nominales no tendrán ningún derecho relacionado con la cuenta bancaria de la empresa, debido al hecho de que no son firmantes de dicha cuenta. El accionista debe ser siempre el firmante.
El candidato a director, sin embargo, actúa como administrador público de su compañía. También en muchos casos necesitarán las actas del Consejo de Administración y Accionistas ser firmadas por ellos. La firma de abogados que incorpora su empresa offshore también ayudará en el Servicio de Directores Nominales. Por lo tanto, es importante que usted trabaje con una firma de abogados de confianza.
Propósito de apertura de una Cuenta Bancaria
Debido al hecho de que en Panamá es un requisito para todos los miembros de la compañía viajar al país para una entrevista con el banco, en muchos casos es difícil que el cliente pueda organizar el viaje de todos los miembros. En el caso de que los directores nominales no puedan viajar, el único que viajará será el accionista(s) / firmante(s).
Tanto los bancos en Panamá como fuera de Panamá solicitan que los directores deben proporcionar al banco carta de referencia bancaria, referencia comercial y referencias personales, aunque no sean firmantes de la cuenta. En caso de que el cliente elija nombrar Directores Nominales, sólo tendrá que preocuparse por la prestación de sus propios documentos.
En Panamá Legal Lab, los Directores Nominales son miembros del bufete de abogados; personas reales con referencias bancarias y referencias comerciales, por lo que si los clientes necesitan proporcionar esos documentos a un banco o institución estarán felices de asistirlo. Es muy importante tener esto en cuenta a la hora de elegir este servicio.
Directores Nominales en Panamá: Protección y Ventajas para Tu Sociedad Anónima
Establecer una sociedad anónima (S.A.) en Panamá ofrece numerosos beneficios, desde ventajas fiscales hasta protección de activos. Una de las decisiones más importantes que debes considerar es si utilizar o no Directores Nominales. Este servicio, proporcionado por Panamá Legal Lab, puede ofrecer una capa adicional de privacidad y control para los accionistas.
Protección de la Privacidad: Ventajas del Nombramiento de Directores Nominales
Cuando decides crear una sociedad anónima (S.A.) en Panamá, una de las principales preocupaciones puede ser la protección de tu privacidad. Muchos clientes optan por el servicio de Directores Nominales para asegurarse de que su nombre no aparezca públicamente en el Pacto Social. Este servicio, proporcionado por Panamá Legal Lab, permite que los Directores Nominales figuren como administradores de tu empresa en los artículos de la escritura pública de constitución, mientras tú mantienes el control total.
Los beneficios de este enfoque incluyen:
Privacidad asegurada: Tu nombre no aparecerá en los registros públicos.
Control sin exposición: Recibirás un certificado de acción y un Poder General emitido a tu favor, lo que te permite gestionar la empresa sin revelar tu identidad.
Protección adicional: Los Directores Nominales de Panamá Legal Lab son profesionales con experiencia, lo que asegura una administración segura y confidencial de tu S.A.
Limitaciones del Poder de los Directores Nominales
A pesar de las ventajas, es natural preocuparse por el nivel de poder que podrían tener los Directores Nominales dentro de tu empresa. Es importante destacar que, en realidad, su poder es limitado. Los Directores Nominales son designados principalmente para la incorporación de la empresa y no tienen derechos sobre las cuentas bancarias o las acciones de la misma.
El verdadero control siempre permanece en manos del accionista. Es el accionista quien mantendrá todos los derechos sobre las cuentas bancarias y las acciones de la empresa. Los Directores Nominales no serán firmantes de las cuentas bancarias, asegurando que no puedan influir en las finanzas de la empresa.
Además, Panamá Legal Lab se encarga de que los Directores Nominales actúen solamente como administradores públicos de tu compañía. Aunque puedan necesitar firmar actas del Consejo de Administración y Accionistas, su poder no se extiende más allá de lo necesario para mantener la estructura legal de la empresa. Por ello, trabajar con una firma de confianza como Panamá Legal Lab es crucial para garantizar la integridad y seguridad de tu S.A.
Propósito de Apertura de una Cuenta Bancaria
Abrir una cuenta bancaria es un paso crucial en el proceso de establecer una S.A. en Panamá, y puede presentar ciertos desafíos logísticos. En Panamá, es un requisito que todos los miembros de la compañía viajen al país para una entrevista con el banco. Esto puede ser complicado, especialmente si los miembros de la empresa están ubicados en diferentes partes del mundo. Sin embargo, la utilización de Directores Nominales puede simplificar este proceso significativamente.
Cuando decides nombrar Directores Nominales, sólo el accionista o los firmantes principales deben viajar para la entrevista con el banco. Esto reduce la necesidad de coordinación y facilita el proceso de apertura de la cuenta bancaria. Además, tanto los bancos en Panamá como los bancos internacionales requieren que los directores proporcionen una serie de documentos, incluso si no son firmantes de la cuenta. Estos documentos incluyen:
Carta de referencia bancaria
Referencia comercial
Referencias personales
Optar por el servicio de Directores Nominales al crear una S.A. en Panamá puede ofrecer múltiples beneficios, desde la protección de tu privacidad hasta la simplificación del proceso bancario. Este servicio permite a los accionistas mantener el control total de la empresa sin tener que aparecer públicamente, lo cual es una ventaja significativa para quienes valoran la confidencialidad.
Es crucial entender que los Directores Nominales, aunque figuran en los documentos públicos, tienen un poder limitado y no pueden influir en las decisiones financieras de la empresa. Trabajar con una firma de confianza como Panamá Legal Lab garantiza que estos directores actúen de manera profesional y segura, asegurando la integridad de tu S.A. en todo momento.
Utilizar Directores Nominales puede ser una decisión estratégica para muchos empresarios que buscan establecer una S.A. en Panamá. Panamá Legal Lab ofrece un servicio confiable y experimentado, facilitando todos los aspectos del proceso y asegurando que tu empresa cumpla con todos los requisitos legales y operativos necesarios. Para más información y asistencia personalizada, no dudes en contactar a Panamá Legal Lab.